La Corte Suprema en 1930. De izquierda a derecha: Antonio Sagarna, José Figueroa Alcorta (presidente), Ricardo Guido Lavalle, Roberto Repetto y Horacio Rodríguez Larreta. 17/9/30 |
El 6 de septiembre de 1930 se produjo el golpe de Estado que derrocó a Don Hipólito Yrigoyen. El mismo fue encabezado por el general José Félix Uriburu. Fue la primera dictadura militar del siglo XX, la inicial experiencia de quiebre del orden democrático que tendrá toda una larga serie de noches negras que se extenderán hasta 1983, luego de las más criminal dictadura que comenzó el 24 de marzo de 1976. El golpe dio comienzo a la denominada “Década Infame”, símbolo del fraude electoral y la entrega de la economía del país a los ingleses. Un país para pocos se imponía así, con las armas y en contra de las urnas.
Días después, el 10 de septiembre de 1930, la Corte Suprema
de Justicia de la Nación emite su celebre Acordada legalizando la dictadura. La
Corte reconoció expresa e integralmente al gobierno de facto y la validez
de todos los actos de sus funcionarios. A partir de allí, la Corte creó la
doctrina por la cual la Constitución pasó a ser una norma que rige mientras no
existan dictaduras o no se produzcan golpes de Estado. Y eso si se cumplió estrictamente en
varias ocasiones en el siglo XX.
Escribe: Alejandro Gonzalo García Garro.
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“La propia senectud
del líder, ya tiene 77 años, ejerce decisiva influencia. Nadie se atreve a
remplazarlo, unos por timidez otros por cálculo o arribismo. El mito de
Yrigoyen aplasta a la Unión Cívica, ahogando sus posibles renovaciones”. Jorge Enea
Spilimbergo, “El radicalismo, Historia Crítica”.
“Nosotros en 1930
cometimos un grave error por impaciencia, por sensualidad del poder, por
inexperiencia, por lo que fuera. Nosotros abrimos el camino de los cuartelazos,
olvidando la gran tradición conservadora y, a partir de ese momento, nosotros
los conservadores somos los responsables o los culpables de lo que ha pasado en
el país hasta ahora”. Palabras del
dirigente conservador José Aguirre Cámara ante el comité nacional de su partido
en 1940.
“Que, el gobierno
provisional que acaba de constituirse en el país, es, pues, un gobierno de
facto cuyo título no puede ser judicialmente discutido con éxito por las
personas en cuanto ejercita la función administrativa y política derivada de su
posesión de la fuerza como resorte de orden…” Acordada de la Corte
Suprema de Justicia de la Nación sobre reconocimiento del Gobierno Provisional
de la Nación, 10 de septiembre de 1930.
Un poco de historia, sobre el Golpe de 1930
El segundo gobierno de Yrigoyen no fue como el primero. Su
salud estaba mal y su capacidad política menguada. Del mismo modo su armado
político no tenía la misma fortaleza de 1916. El radicalismo divido, enfrentado
con buena parte del ejercito, jaqueado por la crisis internacional de 1929, su
segunda mandato naufraga sin rumbo y la oposición política y militar contaba
los días.
Como fueron los meses previos al golpe del 6 de septiembre
de 1930. Por un lado, la conspiración militar era de carácter secreto. Los
partidos opositores coordinan, en el plano público, ganar la calle realizando
numerosas movilizaciones donde asisten la militancia partidaria y el público en
general. A partir de julio de 1930 la tensión fue creciendo. Toda la oposición
en el Congreso, sin exclusiones, se reunió para crear una suerte de frente que
encaró la realización de una serie de actos en teatros y plazas donde los
oradores aumentaban sus críticas contra el gobierno.
La oposición controlaba muchos medios de comunicación que le
otorgaban un espacio más que considerable para las acusaciones y las críticas
al gobierno. En el mes de agosto, cuando se profundiza el enfrentamiento queda
en evidencia la complicidad de la prensa con la oposición.
La historia nos enseña que cuando se hace una “revolución”
de este tipo, se va generando la circunstancia propicia para que estalle.
Generalmente se producen actos por parte del gobierno al que se trata de
derrocar, actos ante los cuales la oposición reacciona, creándose un
contrapunto de oposición y gobierno que culmina con el Golpe de Estado. Lo
curioso de este caso es que el gobierno, Yrigoyen, no hizo nada, excepto
generar algún acto administrativo ineludible como la designación del Presidente
de la Corte o algún que otro decreto sin mayor importancia.
El gobierno radical daba la sensación de ser un muñeco
inmóvil, una suerte de “puchingball” sobre el cual se descargaban las trompadas
más feroces sin que reaccionase. La única respuesta, a fines de agosto del año
30, fueron una serie de manifestaciones relativamente numerosas en defensa del
gobierno organizadas por el “Klan Radical” (sí, con K). Manifestaciones éstas a
la que no asistían las capas medias que habían votado al viejo caudillo, ni el
movimiento obrero que permanecía indiferente ante la situación. Estas
movilizaciones estaban conformadas por lo que podía reunir los comités de os
barrios más humildes, que desfilaron por las calles de Buenos Aires profiriendo
“vivas a Yrigoyen” y “mueras contra sus opositores”; aunque sin mayor
repercusión, salvo, algún tiroteo que no causó más que un susto en el
vecindario.
La intención conspiradora seguía presente en los diarios a
un ritmo cada vez más acelerado con presunciones y profecías sobre cuando
estallaría la revolución que derrocaría al presidente. Algunos diarios
opositores, sobre todo “Crítica” y “La Razón”, escribían cosas terribles sobre
el presidente. Se fabulaba con la personalidad del presidente; con su
enfermedad, de la que decían cosas soeces y desagradables; con su vida privada,
llegando hasta lo obsceno… sin que
hubiese reacción alguna por parte del gobierno (en términos político
electorales cambiaron las cosas, pero no tanto, ¿no?).
En los primeros días de septiembre renunció el Ministro de
Guerra, impotente para detener el complot militar que ya se había introducido
dentro del gobierno, produciendo intrigas palaciegas (algunos autores mencionan
una conspiración palaciega en marcha, una variedad de golpe institucional que
consistía en lograr la dimisión de Yrigoyen para que asumiera el vicepresidente
Martínez la Presidencia y así terminar el mandato. Pero la intriga fracasó y
Martínez fue obligado a renunciar. Llegó a ser presidente durante 25 horas.).
Yrigoyen quedó solo, aislado y físicamente endeble; desde su apatía, le restaba
importancia a la sublevación. Mientras tanto en el ámbito militar, la gente de
Justo ya había logrado copar el contenido político de la revolución. El “Manifiesto
de la Revolución”, redactado originariamente por Leopoldo Lugones iba a ser
enmendado a fin de quitarle los peligrosos interrogantes que abría sobre un
futuro excesivamente autócrata y cesarista. La filosofía de la revolución sería
otra a la imaginada por su jefe y los nacionalistas.
Desde lo militar, ¿Cómo fue orquestado el Golpe?
Desde el punto de vista estrictamente militar la
conspiración no crecía. No conseguía adeptos. Solamente se había logrado el
compromiso de las autoridades del Colegio Militar, algunos aviadores de la base aérea de El Palomar y varios oficiales
sin mando de tropa. La mayoría de la oficialidad se limitaba a escuchar a los
golpistas pero sin comprometer su palabra de sacar las tropas a la calle. No
obstante el golpe ya estaba en marcha y no se podría volver atrás. Lo harían
con lo poco que había (gran diferencia de los golpes que vendrían en la
historia argentina) y se contaba con la pasividad de los no comprometidos, el
mejor ingrediente.
El 4 de septiembre hubo una manifestación, donde se produjo una
esperada y necesaria tragedia: en un tiroteo cae muerto un tal Juvencio Aguilar,
que lo suponen estudiante pero en realidad era un trabajador bancario. La
sublevación golpista requiere de un “mártir” y no importaba la identidad del
mismo. Se lo vela en la Facultad de Medicina adonde se dirigen miles de
estudiantes y al poco tiempo el velorio es una multitud enardecida. Para
terminar el cuadro necrofílico, el detalle: los estudiantes (en su mayoría
fanáticos antipersonalistas de las clases acomodadas de Buenos Aires) mojan sus
pañuelos en la sangre del caído y se dirigen por las calles de la ciudad,
agitando los pañuelos al grito de: “¡Si quieren sangre, le daremos sangre! ¡A
las armas, a la muerte!
El 6 de septiembre, el General José Félix Uriburu Uriburu
consiguió sacar a los cadetes del Colegio Militar y avanzó lentamente sobre Buenos
Aires. La columna militar no era numerosa y se le sumaron, en la marcha,
numerosos grupos de civiles entusiasmados que en pocas horas se transformó en
una importante cantidad de gente. Los jefes militares encabezaban la columna en
un automóvil descubierto cubierto de flores que les arrojaban desde las
ventanas. No parecía una revolución sino un “desfile cívico extraordinario”… “fue
un paseo de un general retirado al frente de un puñado de cadetes, que nadie
pudo detener porque lo hacía invulnerable la presencia del pueblo. Y ningún
militar entre los defensores del gobierno se sentía tan divorciado del pueblo
como para ametrallarlo” (José María Rosa “Historia Argentina”, Tomo 11).
Un coche cargado de cadetes avanza rumbo a la Casa Rosada entre civiles que los vitorean. 6/9/30 |
Desde el punto de vista militar la tropa era insignificante
y vulnerable. Su éxito no debe atribuirse a la fuerza material desplegada (600
cadetes y 900 soldados formaban la columna) sino al ascendiente psicológico que
se impuso sobre la población porteña exaltada y, fundamentalmente, a la
parálisis del gobierno.
El ambiente estaba formado de tal manera que no había
posibilidad de resistencia. Yrigoyen, enfermo, había delegado el mando en su
vicepresidente Enrique Martínez. Aunque era una manera de despejar un poco el
horizonte, las presiones para que Yrigoyen renunciase eran tan grandes que ni
siquiera ese gesto bastó. Finalmente, Uriburu llegó a la Casa de Gobierno
después de un confuso tiroteo en la Plaza del Congreso. En un salón de la Casa
Rosada obligó a renunciar al vicepresidente y se hizo cargo del gobierno de
facto. Estos fueron los hechos concretos.
En la tarde del 6 de septiembre en el cuartel del Regimiento
7 de la ciudad de La Plata, adonde Yrigoyen se había dirigido, le entrega la
renuncia al jefe de la unidad militar. Estaba abatido y enfermo. Hubo orden de
que se le pusiese en libertad, más cuando el jefe se lo comunicó D. Hipólito
responde ceremoniosamente: “Me quedo aquí si me lo permiten, pues no tengo
adonde ir”. A esa misma hora una turba descontrolada asaltaba la vieja casona
del caudillo de Balvanera en la calle Brasil y quemaba sus pertenencias. Hubo
serios desbordes, pero a las pocas horas se restablecía la calma en la ciudad
porque el “gobierno revolucionario” se decidía a decretar la Ley Marcial.
El gobierno de Yrigoyen cae frente a la hostilidad de la
clase media y la indiferencia del movimiento obrero. La causa íntima por la
cual el radicalismo pierde sus antiguas bases y no conquista nuevas es que
durante todo el gobierno radical éste no aplica ningún plan concreto que
modifique siquiera el antiguo régimen económico social: En 1930 la oligarquía
terrateniente sigue rigiendo la economía del país. Por más que intentó, Yrigoyen
no hizo nada concreto por evitarlo. La vaguedad ideológica y la vacilación
política ante la crisis que enfrenta el mundo se tradujeron en una completa
incapacidad de reacción frente a la oligarquía reaccionaria, más decidida y con
objetivos más claros. El apoyo popular que Yrigoyen recibió en 1928 en 1930
estaba extenuado como el anciano caudillo.
El de 1916 era una pagina olvidada de la historia.
Para terminar, que mejor que una reflexión de José María
Rosa que pone en su justo valor histórico los hechos más arriba narrados: “A
Yrigoyen no lo sacó nadie. Se derrumbó solo, porque la vejez y la declinación
mental extremaron sus defectos. Porque, bien lo sabía al no querer la
presidencia en 1916, era un caudillo y no un gobernante. Y el yrigoyenismo
desapareció porque, como sucede a todos los caudillos, no supo educar
discípulos. Aunque el impulso nacionalista y popular no se extinguiría… pero
eso es otra historia”.
El arzobispo de Buenos Aires bendiciendo al nuevo régimen, unos días antes que la Corte Suprema de Justicia de la Nación. 7/9/30 |
El día que la Corte
Suprema de Justicia de la Nación legalizó una dictadura
Aquel día comenzó la primera dictadura militar del siglo XX.
Fue la primera experiencia de ruptura del orden democrático. Demás está decir
que a partir de aquel día toda serie de golpes de Estado marcaron el siglo XX.
Además del valor de antecedente, desde lo jurídico hay una
barbaridad que merece especial atención. Consumado el golpe, con los militares
en el poder, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), obligada por la
coyuntura naturalmente, se expresa jurídicamente sobre la dictadura en lo que
pasará a la historia como la “Acordada del 10 de septiembre de 1930” . En pocas palabras fue la legalización de la dictadura, disfrazada como la doctrina de los
gobiernos de facto, que en realidad no era otra cosa que la legitimación
jurídica de los gobiernos que llegan al poder por las armas y no por las urnas.
Fue a pedido del General Uriburu, que había usurpado el
gobierno. En respuesta a esto la CSJN publicó cuatro días
después del golpe una acordada — norma legal emanada de una corte judicial — en
la que declaraba que los actos y las designaciones de funcionarios emanadas de
un gobierno de facto como el que se acababa de establecer eran jurídicamente
válidos. En realidad fue una acordada antedatada, porque fue el 14 de
septiembre de 1930 cuando los ministros de la Corte visitaron personalmente a
Uriburu y le entregaron la acordada pero con una fecha anterior, el 10 en este caso.
La CSJN, a través de los ministros José Figueroa Alcorta
(sí, el mismo que fue presidente de la Nación y vicepresidente y titular de la
Cámara de Senadores de la Nación, el ejemplo del demócrata de la oligarquía
argentina), Roberto Repetto (un juez designado en la Corte por Alvear), Ricardo
Guido Lavalle (otro supremo designado por Alvear) y Antonio Sagarna (dirigente del radicalismo entrerriano que luego de ocupar muchos cargos en la
provincia, la Nación y el extranjero, recaló en al Corte también por impulso de
Alvear y fue destituido por Juicio Político en 1947 durante el gobierno de Perón, justamente por esta acordada); junto al procurador General de la Nación, Horacio Rodríguez Larreta
(miembro de una pudiente familia porteña, también propuesto por Alvear y tío
abuelo del hoy Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el mismo nombre y todo),
firmaron, todos ellos, la acordada del 10 de septiembre de 1930 en la que se
reconoce y legitima al gobierno dictatorial surgido del golpe perpetrado días
antes.
Análisis y crítica de
la Acordada
Vamos a repasar la Acordada de la Corte (publicada en
Fallos: tomo 158, pág. 290), textualmente, y vamos haciendo unas notas al propio texto (tomo prestadas aquí algunas ideas de Diego Barovero, Profesor de Derecho
Constitucional y miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional
Yrigoyeneano):
"Acordada sobre reconocimiento del Gobierno Provisional de la Nación".
"En Buenos Aires,
a diez días de septiembre de mil novecientos treinta, reunidos en acuerdo
extraordinario los señores Ministros de la Corte Suprema de Justicia de la
Nación, doctores don José Figueroa Alcorta, don Roberto Repetto, don Ricardo
Guido Lavalle, y don Antonio Sagarna y el señor Procurador General de la Nación
doctor Horacio Rodríguez Larreta, con el fin de tomar en consideración la
comunicación dirigida por el señor Presidente del Poder Ejecutivo Provisional,
Teniente General don José F. Uriburu, haciendo saber a esta Corte la
constitución de un gobierno provisional para la Nación dijeron:"
"1° Que la
susodicha comunicación pone en conocimiento oficial de esta Corte Suprema la
constitución de un gobierno provisional emanado de la revolución triunfante de
6 de Septiembre del corriente año".
(Primero, reconoce la denominación de Poder Ejecutivo
Provisional ¿? a la dictadura, tomando como legal la auto denominación que esta
hiciera desde que usurparon los despachos de Casa Rosada. Segundo, habla y reconoce
a la “revolución triunfante” ¡¡!! cómo si esto per se fuera generador de un
gobierno constitucional).
"2° Que ese gobierno se encuentra en posesión de las fuerzas militares y policiales necesarias para asegurar la paz y el orden de la Nación, y por consiguiente para proteger la libertad, la vida y la propiedad de las personas, y ha declarado, además, en actos públicos, que mantendrá la supremacía de la Constitución y de las leyes del país, en el ejercicio del poder".
(Lo ridículo aquí es que la Corte admitió que estaba
garantizado el mantenimiento de la supremacía de la Constitución por la sola
circunstancia de que la dictadura así lo declaró. Luego, ¿Dónde están
garantizados los otros derechos? ¿La soberanía popular, los derechos electorales,
etc.? Además, ¿Cuál sería el concepto de libertad si estamos gobernados por una
dictadura? En un voluntarismo jurídico la Corte dio por sentado hechos e “intenciones”
por la sola mención de ellos en “declaraciones en actos públicos” de los usurpadores).
"Que tales antecedentes caracterizan, sin duda, un gobierno de hecho en cuanto a su constitución, y de cuya naturaleza participan los funcionarios que lo integran actualmente o que se designen en lo sucesivo con todas las consecuencias de la doctrina de los gobiernos de facto respecto a la posibilidad de realizar válidamente los actos necesarios para el cumplimiento de los fines perseguidos por él".
"Que esta Corte
ha declarado, respecto de los funcionarios de hecho, “que la doctrina
constitucional e internacional se uniforma en el sentido de dar validez a sus
actos, cualquiera que pueda ser el vicio o deficiencia de sus nombramientos o
de su elección, fundándose en razones de policía y de necesidad y con el fin de
mantener protegido al público y a los individuos cuyos intereses puedan ser
afectados, ya que no les sería posible a estos últimos realizar investigaciones
ni discutir la legalidad de las designaciones de funcionarios que se hallen en
aparente posesión de sus poderes y funciones, -Constantineau, “Public Officers
and the Facto Doctrine”- Fallos: tomo 148, pág. 303” .
(Según Barovero la Corte citó equivocadamente al autor
canadiense Albert Constantineau, quien distingue entre “gobierno de facto” y
“funcionarios de facto”. Al “gobierno de facto” lo considera como usurpador que
obtiene el control de un país por la fuerza de las armas y contra la voluntad
del gobierno legítimo, pero se ocupa, en la mayor parte de los dos tomos del
libro, de los problemas de los ciudadanos por la actuación de los “funcionarios
de facto”. La Corte confunde a los “gobiernos de facto” con los “funcionarios
de facto” pues, al hacer consideraciones sobre “funcionarios de facto” deja de
lado que ha recibido una comunicación de un “gobierno de facto” que no puede
invocar apariencia de legitimidad como podría hacerlo un “funcionario de
facto”.
Uriburu no era un “funcionario de facto” ni había realizado acto alguno
en perjuicio de un ciudadano que presentaba queja por ello. Era lisa y
llanamente la cabeza de un movimiento usurpador del gobierno, el líder o jefe
de una dictadura.
Noten que agrega la Corte Suprema un fundamento
jurisprudencial: “Don Cristóbal Moreno Postigo, tutor testamentario de los
menores hijos de don Ricardo Matia, sobre remoción de tutela” (Fallos : tomo 148,
págs. 303 a
307). Pero aquí también se equivoca la CSJN: el recurrente sostenía la invalidez de una
sentencia dictada por un juez local de San Juan después que se declarara
intervenida esa provincia. La Corte rechazó la queja diciendo que mientras la
intervención no removiese total o parcialmente a los jueces los actos otorgados
por ellos tienen plena validez porque razones de policía y de protección de
público e individuos que podrían ser afectados exigen darle validez a los actos
de personas “que se hallen en aparente posesión de sus poderes y funciones” (Y
cita a Constantineau). Pero, como fácilmente se advierte, este era un caso en
que sí se desconocía la validez del acto de un “funcionario” –más allá “del
vicio o deficiencia en el nombramiento o su elección, por razones de policía y
necesidad”- se debía, pues, defender por los jueces la seguridad de los
derechos. Más en la acordada que se examina no se daba un conflicto similar ni
nadie había cuestionado el título de Uriburu… Aquí, además, la Corte, yendo más
allá de Constantineau, sin tener un caso concreto, formula una declaración para
el futuro, cuando no se podrá ya discutir ni la validez de los “actos de los
“funcionarios de facto” ni el “título” del “gobierno de facto”).
"Que, el gobierno provisional que acaba de constituirse en el país, es, pues, un gobierno de facto cuyo título no puede ser judicialmente discutido con éxito por las personas en cuanto ejercita la función administrativa y política derivada de su posesión de la fuerza como resorte de orden y de seguridad social".
(Aquí la CSJN cierra el debate, reconoce la validez de los actos de
la dictadura. En forma elíptica en lo argumentativo, pero terriblemente directa
en lo fáctico/jurídico la Corte autoimpuso e impuso a la ciudadanía “la
imposibilidad de discutir la validez del título del gobierno de hecho,
reforzando así su reconocimiento”)
"Que ello no obstante, si normalizada la situación, en el desenvolvimiento de la acción del gobierno de facto, los funcionarios que lo integran desconocieran las garantías individuales o las de la propiedad u otras de las aseguradas por la Constitución, la Administración de Justicia encargada de hacer cumplir ésta las restablecería en las mismas condiciones y con el mismo alcance que lo habría hecho con el Poder Ejecutivo de derecho".
(Sí, si, seguro, pfff… ¿Se imaginan la cantidad de fallos en
contra de Uriburu que sacó la Corte…?)
"Y esta última conclusión, impuesta por la propia organización del Poder Judicial, se halla confirmada en el caso por las declaraciones del gobierno provisional, que al asumir el cargo se ha apresurado a prestar el juramento de cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes fundamentales de la Nación, decisión que comporta la consecuencia de hallarse dispuesto a prestar el auxilio de la fuerza de que dispone para obtener el cumplimiento de las sentencias judiciales".
(Nuevamente, más como un oráculo que como jueces, la Corte da
por sentado hechos e intenciones por la sola mención de ellos o los actos
formales de los golpistas…)
"En mérito de estas consideraciones, el Tribunal resolvió acusar recibo al gobierno provisional, en el día, de la comunicación de referencia mediante el envío de la nota acordada, ordenando se publicase y registrase en el libro correspondiente, firmando por ante mí de que doy fe". (siguen las firmas de los jueces nombrados en el encabezamiento y la del secretario Raúl Jiménez Videla)".
(Ahora… la CSJN resuelve fuera de causa y caso,
¿motivado en qué saca esta acordada? ¿Cuál es la ratio y causa jurídica? No se
menciona… “tomar en consideración la comunicación dirigida por el señor
Presidente del Poder Ejecutivo Provisional” dice el encabezado de la Acordada,
¿y eso qué es? En lo estrictamente jurídico constitucional el resolutivo se
escapa del límite fijado por el art. 100 (Art. 116 actual) de la Constitución Nacional para
la competencia judicial de la CSJN. Lo más llamativo de todo, pero que
no podía ser de otra manera, la Acordada de la CSJN no se fundamenta
en ninguna norma constitucional).
Unas conclusiones
sobre el Golpe y la Acordada
En lo político, el golpe a Yrigoyen fue la primera dictadura
militar del siglo XX, la inicial experiencia de quiebre del orden democrático
que tendrá toda una larga serie de noches negras que se extenderán hasta 1983,
luego de las más criminal dictadura que comenzó el 24 de marzo de 1976. El
golpe de Estado de 1930, como casi todos en nuestra historia, fue para
facilitar el retorno al poder de las fuerzas conservadoras y oligárquicas que
fueron desplazadas del gobierno por el ascenso de la Radicalismo histórico en
1916. Esa fue una constante de todos los golpes, y este episodio en especial
fue el inicio de un camino que marco varias generaciones políticas. El golpe
dio comienzo a la denominada “Década Infame”, símbolo del fraude electoral y la
entrega de la economía del país a los ingleses. Un país para pocos se imponía
así, con las armas y en contra de las urnas.
El presidente de facto José Félix Uriburu rodeado de mujeres de la calse alta en la Casa Rosada. 8/9/30 |
Pero también fue muy grave el precedente de la Corte
Suprema. Es complejo hacer historia contra táctica en un hecho judicial como
este. Pero son muchos los historiadores del derecho que conspiran que pudo
existir otras respuestas al hecho consumado del golpe. La Corte pudo obviar
sentar una posición jurídica sobre la validez del gobierno, al menos en lo
puntual ab initio. Pudo obviar sentar postura ante la posible ausencia de “caso
concreto” según los stands de la época, pudo o alegar que existía falta de
representatividad “en el firmante de la comunicación”. Pudo tal vez hacer lo
más lógico, y que era doctrina de la propia Corte, y alegar que era una cuestión
política no justiciable, como venía sosteniendo desde “Cullen c/Llerena”.
También quedaban caminos más dignos, como renunciar a sus cargos en la Corte
Suprema, obviamente no pasó eso. Pero nada de esto pasó. La Corte Suprema,
seguramente presionada por los golpistas (lo cual nada justifica) hizo lo peor
que podía hacer. La Corte reconoció expresamente e integralmente al gobierno de
facto y la validez de todos los actos de sus funcionarios. A partir de allí, la
Corte creó la doctrina por la cual la Constitución pasó a ser una norma que
rige mientras no existan dictaduras o no se produzcan Golpes de Estado. Y eso
si se cumplió en varias ocasiones en el siglo XX.
Excelente trabajo Doctor!no tiene desperdicio,los comentarios a la Acordada son exquisitos.. saludos
ResponderEliminarAcertado análisis de una historia que en las escuelas se da por la mitad. Y de personajes e instituciones que la historia oficial y oficializada se disfraza o se calla. Lo lamentable de este fraude a la voluntad de la mayoría es que fueron muchas las instituciones que perdieron credulidad y confianza en el pueblo argentino no solo las Fuerzas Armadas que inauguraron una etapa golpista, que ya se habían adquirido una deshonrosa experiencia en enfrentar siempre a su propio pueblo; las fuerzas policiales quienes siguieron la escuela de sus pares de armas; qué decir de la Iglesia Católica, consecuentemente al lado de los poderosos; los partidos políticos (conservadores, socialistas independientes, radicales antipersonalistas) desde entonces mirados con desconfianza… y también la Corte Suprema que reconoció al gobierno fraudulento y a la serie de medidas de tipo económico y social que instauró la década infame. Chalo Agnelli
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