El
primer hecho de carácter institucional y jurídico que dio origen a la
Confederación Argentina fue el “Pacto Federal” del 4 de enero de 1831, firmado entre
las provincias de Buenos Aires, Santa Fe y Entre Ríos, al que posteriormente
adhirió Corrientes. Fue una alianza
ofensiva-defensiva para contrarrestar a la “Liga Unitaria” creada por el
General unitario Paz que desde Córdoba mantenía una fuerte influencia política
y militar en todo el noreste argentino.
Pero
más allá de este primigenio antecedente; ¿Qué se puede decir del sistema
constitucional y político de Rosas? ¿Qué podemos analizar más allá de las
enormes bibliotecas que desde la Historia vienen debatiendo sobre el tema hace
más de 160 años? ¿Cómo era la organización política y constitucional? ¿Cómo era
Juan Manuel de Rosas como gobernante? ¿Cuáles eran los determinantes políticos
y que incidencia real tenían sobre la forma de gobierno y la ingeniería
institucional aplicada?
A
estas cuestiones las abordo en un breve texto que les comparto en el que
analizó dos temas centrales: a) La Confederación como sistema político y
constitucional sobre el que Rosas estructuró la organización y conservó
la unidad de la Nación y; b) La forma en que gobernó Rosas, la construcción de
su poder, su legitimidad y la manera “autocrática" y "paternalista” (populista) en que lo ejerció.
Escribe: Alejandro Gonzalo García Garro
-----------------------------------------------
1. Introducción
“He despreciado
siempre a los tiranuelos inferiores y a los caudillejos de barrio, escondidos
en la sombra: he admirado siempre los dictadores autócratas que han sido los
primeros servidores de sus pueblos. Ese es mi gran título; he querido siempre
servir al país, y si he errado o acertado, la posteridad lo dirá, pero ése fue
mi propósito y mía en absoluto la responsabilidad por los medios empleados para
realizarlo. Otorgar una constitución era asunto secundario: Lo principal era
preparar el camino para ello, ¡y esto es lo que creo haber hecho!".
Juan Manuel de Rosas (Conversaciones de Rosas con los Quesada en Southampton).
Para comprender cómo fue el régimen rosista,
es decir su forma de organización política y jurídica, debemos previamente partir
encuadrando el debate en torno a la guerra civil que dirimían los dos grupos
antagónicos que en el Río de la
Plata disputaban la forma de organización: federales y
unitarios.
 |
Juan Manuel de Rosas |
En segundo lugar es también importante
recordar que este proceso fue en realidad una larga búsqueda para encontrar la
forma adecuada de ordenación política para aplicar en nuestra Nación recién
emancipada. Hay momentos de ese período en que los pactos interprovinciales,
las luchas entre diferentes regiones y caudillos, los diferentes proyectos en
pugna, parece todo un gran rompecabezas
de incierta solución. Este proceso complejo y aparentemente confuso no
fue sufrido solamente por Argentina, es común en todas las etapas de formación
de los estados nacionales sean estos
europeos o americanos.
El proceso de construcción de los Estados
Nacionales en la América
antes española fue extendido y sangriento y en nuestro país especialmente
dilatado si consideramos que concluye en
1880 con la federalización de la ciudad de Buenos Aires. Son 70 años de luchas,
guerras civiles, intentos fallidos, varios ensayos de organización que culminan
recién terminando el Siglo XIX. De esta etapa nos interesa aquí teorizar sobre
la forma de organización nacional durante el periodo que va, desde fines de
1829 en que Rosas es ungido gobernador de la Provincia de Buenos
Aires hasta febrero de 1852 en que se produce su caída luego de la batalla de
Caseros.
El abordaje de esta cuestión lo separo por
razones analíticas en dos temas: 1) La Confederación: sistema político y constitucional sobre
el que Rosas estructuró la organización política y conservó la unidad de la Nación. 2) La forma en que
gobernó Rosas: forma conocida bajo el nombre de
“autocrática paternalista”.
2. La Confederación
 |
Retrato alegórico de la firma del Pacto Federal. |
El primer hecho de carácter institucional
que dio origen a la
Confederación Argentina fue el “Pacto Federal” de 1831
acordado entre las provincias de Buenos Aires, Santa Fe y Entre Ríos, al que
posteriormente adhirió Corrientes. Fue una alianza ofensiva-defensiva para
contrarrestar a la “Liga Unitaria” creada por el General unitario Paz
que desde Córdoba mantenía una fuerte influencia política y militar en todo el
noreste argentino. Vencido Paz () y
deshecha la Liga,
el resto de las provincias firmaron el pacto. Este acuerdo,
institucionalmente trascendental, fue el pilar sobre el que se basó la Constitución de 1853
y es uno de los pactos preexistentes que menciona el Preámbulo. El primero de ellos fue el Tratado del Pilar que impulsó nuestro Francisco Ramírez en 1820.
 |
Provincias que firmaron el Pacto Federal y bandera que usaban las mismas. |
En el artículo 15, el “Pacto Federal”
instruye la creación de una Comisión Representativa con asiento en Santa Fe compuesta de un
diputado por cada provincia y que tenía por finalidad propender a la
organización general de la
República, es decir el de reunir un Congreso que dictara una
Constitución. Sin embargo, la
Comisión fue disuelta, el Congreso no se reunió y la Constitución no se
concretó durante la época de Rosas. Este
es uno de los argumentos críticos manejados por sus detractores, acusándolo de
haber postergado la organización nacional al no dictar una Constitución.
¿Qué
pensaba Rosas? La carta a Facundo Quiroga desde la hacienda de Figueroa
¿Por qué Rosas, con la suma del poder
público, se opuso a que se dictara una Constitución ¿Esta pregunta, tan
debatida por los historiadores, encuentra su más clara y lúcida respuesta en
los argumentos que el propio Rosas brinda en infinidad de documentos. Considero
que el más importante de ellos es la carta que enviara a Facundo Quiroga desde
la hacienda de Figueroa en 1834 donde el Restaurador desarrolla su pensamiento
político con meridiana claridad. La
Carta es un verdadero “memo”, un instructivo para que Quiroga
negocie con los caudillos del norte durante la crisis del año 1834.
Intentaré a continuación sintetizar los
argumentos que Rosas da a Facundo en la mencionada Carta para prorrogar el
dictado de la
Constitución:
1) Para integrar un todo ordenado y compacto
deben estar ordenadas las partes que lo componen.
2) Cada provincia debe ocuparse de sus
constituciones particulares y después trabajar sobre la constitución nacional.
3) Debe haber tranquilidad y calma para
celebrar pactos de Federación.
4) El país se encuentra en un estado de
agitación, “contaminado” por unitarios sublevados y agentes secretos de otras
naciones que conspiran permanentemente.
5) Se sostiene claramente la prioridad del
orden político como base segura del ordenamiento jurídico. Esa es la idea
central. Por lo tanto aun no había llegado el momento de dictar la
constitución. Sería otro fracaso como las anteriores constituciones unitarias.
Simplemente no estaban dadas las condiciones. Al revés de los unitarios, Rosas
consideraba que el dictado de la constitución no era el punto de partida sino
el punto de llegada, la culminación del proceso de organización nacional. Su
planteo era práctico no teórico.
Los unitarios creían que bastaba la sanción
de una constitución para organizar el país. Sus planteos eran teóricos.
Realizados desde una perspectiva elitista y sectaria, las clases ilustradas
eran las únicas capacitadas para gobernar, no tenían en cuenta la cruda realidad del país, ni las condiciones
de su pueblo y por eso fracasaron en todos sus intentos: la constitución de
1819, centralista y pro-monárquica, y la constitución de 1826 rechazada por los
caudillos del interior. Para el unitarismo el dictado de la constitución era el
punto de partida de la organización nacional. La realidad debía amoldarse a la
teoría.
 |
"Posta o Hacienda de Figueroa. Estancia La Merced" en San Antonio de Areco. Fue sede de la conferencia Rosas-Quiroga. Fuente: http://www.lagazeta.com.ar |
Años más tarde, Rosas ratificará sus
conceptos en la entrevista que tuviera con Ernesto Quesada y su padre durante
su exilio en Inglaterra. Sostenía lo siguiente: "Pero el reproche de no
haber dado al país una constitución me pareció siempre fútil, porque no basta
dictar "un cuadernito" como decía Quiroga, para que se aplique y
resuelva todas las dificultades: Es preciso antes preparar al pueblo para ello,
creando hábitos de orden y de gobierno, porque una constitución no debe ser el
producto de un iluso soñador sino el reflejo exacto de la situación del
país."
 |
Todos los tomos de la fundamental obra de Ernesto Quesada sobre Rosas. Me costó años encontrar todos los tomos de esta obra agotada desde hace décadas. Como verán son de tres ediciones diferentes. Recorrí medio Buenos Aires y visité a muchos libreros (hice hermosas amistades buscando estos y otros libros también) para poder dar con todos los volúmenes. |
Más adelante: "Nunca pude comprender
ese fetichismo por el texto escrito de una constitución, que no se quiere
buscar en la vida práctica sino en el gabinete de los doctrinarios: si tal
constitución no responde a la vida real de un pueblo, será siempre inútil lo
que sancione cualquier asamblea o decrete cualquier gobierno. El grito de
constitución prescindiendo del estado del país, es una palabra hueca."
¿Era
Rosas tan distinto de Alberdi?
Lo que dice Rosas horroriza al liberalismo y
la historia oficial. Ahora, ¿era Alberdi un fanático de la Constitución? Esto
decía: "La constitución, es decir,
la libertad, la autoridad, no se escriben, se hacen; no se decretan, se forman,
se hacen por educación. No se hacen en el Congreso; se hacen en la casa, en el
hogar. No viven en el papel; viven en el hombre" (Escritos Póstumos, Tomo VII).
 |
Juan Bautista Alberdi. |
Y en el mismo sentido decía Alberdi: "Dar leyes y decretos es manía sudamericana.
Y darlos para innovar lo nuevo, más frecuente que para lo viejo. Viene del
error de creer que una ley escrita cambia las cosas. Si así fuera, la obra de
civilizar una nación se reduciría a darle un código, es decir, a unos pocos
meses de trabajo. Pero la civilización no se decreta. Por haber sancionado
constituciones republicanas ¿tenéis la verdad de la república? No, ciertamente:
tenéis la república escrita, no la república práctica" (Juan Bautista Alberdi, Escritos Póstumos,
Tomo IX).
¿Y cuál es la diferencia entre lo que decía
Rosas y lo que decía Alberdi? Ninguna. Que decía el Padre Fundador argentino: "Promulgad hoy el código más perfecto; mañana
veréis siempre en pie el mal que deseáis remediar. Es que el mal no está en lo
escrito, está en lo práctico, en lo real, en los hechos, en las cosas y
personas, tales como son en nuestra América de hoy (...). Yo ensayaría un
programa de gobierno, sin dar una sola ley, un solo decreto nuevo; y nada más
que con poner en vigencia lo que existe" (Juan Bautista Alberdi, Escritos Póstumos, Tomo IX).
En la historia del pensamiento político y
jurídico argentino resulta muy difícil comprender casos como este en el que son
tan disímilmente valoradas dos personas, Rosas y Alberdi, cuando básicamente
decían lo mismo. Sólo la deformación histórica y política del aparato cultural
del sistema pudo hacer esto, no solo con Alberdi, sino con una enorme cantidad
de pensadores nacionales.
El
problema del Puerto y la Aduana
El otro problema crucial y determinante
planteado por Rosas en la Carta
a Quiroga es acerca de los fondos comunes que se dispondría para el
sostenimiento del gobierno central, como
por ejemplo, el de los contingentes para el Ejército Nacional. ¿De dónde
debían provenir esos fondos? Rosas sostiene en la carta a Quiroga que:
"debe contribuir cada Estado Federado en proporción a su población. Los
norteamericanos convinieron en que formasen este fondo de derechos de Aduana
sobre el comercio de ultramar pero fue porque todos los Estados tenían puertos
exteriores." En cambio las provincias argentinas carecían de puertos,
y el único puerto, puerto único, era el de Buenos Aires. Los federales porteños
(llamados más tarde autonomistas) no querían que las rentas de su aduana fueran
nacionales. En ese sentido Rosas al postergar el dictado de la Constitución estaba
defendiendo el monopolio económico porteño. Pero Rosas no lo defendió con el
mismo espíritu excluyente de los antiguos centralistas-dictatoriales, sino que
por el contrario, puso todos los recursos de ese privilegio en defensa de los
intereses de la Nación toda.
Las provincias, partidarias del federalismo,
sostenían que las rentas de aduana del único puerto, Buenos Aires, no debían
corresponder sólo a Buenos Aires, sino a todas las provincias, cosa que no
admitían los porteños. Esta cuestión esencial, es una de las causas que
explican porque costó tanto tiempo y sangre llegar a una solución definitiva
sobre la organización del Estado nacional.
Si bien Rosas mantuvo el puerto único, dictó
en 1835/6 la Ley
de Aduana, atendiendo al reclamo de las provincias que reclamaban medidas
proteccionistas. Pero la finalidad respondía al hecho de que as provincias mediterráneas y entre las otras
especialmente Corrientes, con incipientes industrias y artesanías, requerían
medidas proteccionistas frente a la competencia de las manufacturas
extranjeras. En cambio la burguesía mercantil porteña, ligada al comercio de
importación exportación estaba a favor del libre cambio, como así también los
hacendados productores de las materias primas exportables como cueros, sebo y
tasajo.
Con la Ley de Adunas, Rosas buscó equilibrar la
situación de las provincias: a través de importantes subsidios, elevados
aranceles para los productos extranjeros que podían fabricarse en el país, o
directamente la prohibición de su entrada, (como la harina), buscó proteger las
incipientes industrias locales de la competencia extranjera, y fomentar la
agricultura. La ley fue recibida con gran entusiasmo especialmente por las
provincias mediterráneas. Solucionaba las
angustias económicas provincianas sin institucionalizar la nacionalización del
puerto. Corresponde también decir que la Ley en la práctica no fue tan óptima y su duración se vio limitada en el tiempo.
Sampay y sus reflexiones sobre el pensamiento político de Rosas
Sin dudas, uno de los análisis más profundos del pensamiento político de Rosas lo realizó Arturo Sampay en su libro "Las ideas Políticas de Juan Manuel de Rosas", obra fundamental para comprender las ideas del Restaurador y su tiempo político, con una mirada por momentos muy crítica y en otros reivindicatoria.
Allí Sampay realiza un repaso de la visión de la colonia de Rosas, las ideas políticas de su tiempo histórico y analiza su pensamiento y el de sus hombres cercanos, de los cuales destaca los aportes de Pedro de Angelis, Tomás de Anchorena y José María Roxas y Patrón (Arturo Sampay, "Las ideas Políticas de Juan Manuel de Rosas", Juarez Editor, año 1972). En libro tiene un extenso apéndice documental cuya lectura resulta ineludible.
Rescatando el rol de Rosas, pero sin dejar de cuestionar en forma sólida aspectos del pensamiento político, Sampay recuerda que para Rosas "la política es la primera de las ciencias, o el centro de todas", agregando que para él "la política es la verdad".
Sobre el federalismo, Sampay entiende que el mismo es una consecuencia de la lectura pragmática de la realidad que hizo Rosas. Para ello recuerda las palabras del propio Rosas que se confiesa: "...unitario por principios, pero la experiencia (...) ha hecho conocer que es imposible adoptar en el día tal sistema porque las provincias lo contradicen, y las masas en general lo detestan...".
Sobre la suma del poder público, Sampay apunta: "Cuando en 1835 Rosas asume los poderes extraordinarios, nadie dudaba sobre la necesidad de una dictadura para unificar al país y para construir, conforme al programa de la revolución de Mayo, un edificio bien calculado y sólido para la burguesía progresista. En fin, era necesaria una dictadura revolucionaria, apropiada al momento histórico. Esta era la idea de los jóvenes de la Asociación de Mayo, que querían que Rosas estableciera esta tipo de dictadura".
¿Confederación
o Federación? La organización jurídico-política de la realidad
Esta cuestión nos lleva a la cuestión de sí
el sistema logrado por Rosas fue una federación, o si en realidad era una mera
ficción y era más bien unitario como algunos de sus críticos le incriminan.
Rosas nunca declaró que su sistema sea
federal. Es un término que sólo utiliza en los lemas partidarios de “mueras y
vivas”, pero nunca en los documentos oficiales. En ellos siempre utilizó el término
Confederación.
En la carta a Quiroga expresa su posición
acerca de un sistema federal, que considera inconveniente para ese momento: "Obsérvese
que una República Federativa es lo más quimérico y desastroso que pueda
imaginarse, toda vez que no se componga de estados bien organizados en si
mismos, porque conservando cada uno su soberanía e independencia, la fuerza del
poder General con respecto al interior de la República, es casi
ninguna, y su principal y casi toda su investidura, es de pura representación
para llevar la voz a nombre de todos los Estados confederados en sus relaciones
con las Naciones extranjeras; por consiguiente si dentro de cada Estado en
particular, no hay elementos de poder para mantener el orden respectivo, la
creación de un Gobierno General representativo no sirve más que para poner en
agitación a toda la
República a cada desorden parcial que suceda, y hacer que el
incendio de cualquier Estado se derrame sobre todos los demás."
No estaban dadas las condiciones para un
sistema federativo. El país no tenía un número considerable de regiones con
sólidas condiciones económicas y culturales para impedir que todas las
provincias gravitaran hacia Buenos Aires, capital y puerto único del litoral
con la mayor población y riqueza. Por lo tanto, Rosas prefirió el régimen de
Confederación, que respondía al estado de cosas existente y servía para
preparar la situación a fin de llegar más tarde a la solución definitiva.
Confederación era la forma legítima de gobierno en aquel momento, por cuanto el
país se hallaba constituido en virtud de pactos entre las provincias. La
confederación era para Rosas, lo posible, el sistema político viable.
Desde el punto de vista de la política
interior Rosas a través de la
Confederación contribuyó también en la construcción del
Estado Nación y evitó la balcanización y desintegración del territorio.
El
método seguido por el Restaurador de las Leyes para lograr esa unidad fue que
las provincias fueran delegando atribuciones en el Encargado de las
Relaciones Exteriores, detentado por el gobierno de Buenos Aires. Esas
atribuciones fueron las siguientes: Derecho de intervenir en las provincias;
Facultad para juzgar a los reos de delitos cometidos contra la Nación (caso de los hermanos Reinafé culpables del
asesinato de Quiroga); Potestad para tratar con la Santa Sede y
reglamentar las relaciones del Estado con el clero; Declarar la guerra o firmar
la paz; Prohibir o permitir la extracción de metálico. Y, nombrar a los Jefes
de los Ejércitos Nacionales (tal el caso del General Benavides en el norte y
Urquiza en la frontera con el Brasil).
El arte de lo posible y el
federalismo sui generis
Julio
Irazusta, polémico en otros aspectos de su vida intelectual, pero muy claro en su análisis de este tema, en su obra “El Federalismo de Rosas” lo analiza con precisión:
"El
planteo sobre la índole de las relaciones entre las provincias de la federación
argentina estaba dirigido a lograr la unificación del país al estilo de las
confederaciones tradicionales, en la que estados absolutamente
independientes se nuclean en torno a uno de ellos preponderante en la zona.
Los federales porteños no habían renunciado al privilegio de su provincia, pero
lo utilizaron para nuclear la federación argentina."
Es así como el federalismo de Rosas fue un
federalismo empírico, pragmático, construido desde lo posible, más práctico que
teórico, más unificador que constituyente. Si “la política es el arte de lo
posible” la acción para lograr la organización nacional conducida por Juan
Manuel de Rosas hace honor a la sentencia de Otto von Bismarck.
El país queda organizado de hecho. ¿Qué
falta para que lo esté de derecho? Un Congreso que dicte una Constitución. Pero
Rosas no aspira que se imite a los Estados Unidos como quería Dorrego. En el
federalismo que acababa de crear lo único nacional son las relaciones
exteriores y la dirección de la guerra. Cada provincia tiene su ejército y se
rige por sus propias leyes e instituciones. El país se ha organizado de hecho
en una confederación () de
estados estrictamente autónomos y en cierto sentido semi independientes.
 |
El "Rosas" de Gálvez, edición reciente. Este autor nacido en Paraná tiene además otras obras sobre Rosas. |
Manuel Gálvez, que a mi juicio escribió la
más completa y elaborada biografía de Rosas se refiere al tema haciendo una
interesante comparación: “Este Federalismo –conviene repetirlo- se
parece al de Pi y Margall () y
otros republicanos españoles, quienes, años después que Rosas, pretendían hacer
de su patria un Estado en el que cada región-Castilla, Vasconia, Cataluña-, se
rijan por sus propias instituciones”.
3. Rosas
y la forma de gobierno, la “autocracia paternalista”
Pasemos ahora a analizar el modo, la forma
de gobernar de Rosas que más arriba denominamos “autocracia paternalista”: “Y
a trueque de escandalizarlo a usted le diré que, para mí, el ideal de gobierno
feliz sería el autócrata paternal, inteligente, desinteresado e
infatigable, enérgico y resuelto a hacer la felicidad de su pueblo, sin
favoritos ni favoritas. Por esto jamás tuve ni unos ni otras: busqué realizar
yo solo el ideal del gobierno paternal, en la época de transición que me
tocó gobernar. Pero quien tal responsabilidad asume no tiene siquiera el
derecho de fatigarse,.. Son mentecatos los que suponen que el ejercicio del
poder, considerado así como yo lo practiqué, importa vulgares goces y
sensualismos, cuando en realidad no se compone sino de sacrificios y amarguras.
He despreciado siempre a los tiranuelos inferiores y a los caudillejos de
barrio, escondidos en la sombra: he admirado siempre los dictadores
autócratas que han sido los primeros servidores de sus pueblos. Ese es mi
gran título; he querido siempre servir al país, y si he errado o acertado, la
posteridad lo dirá, pero ése fue mi propósito y mía en absoluto la
responsabilidad por los medios empleados para realizarlo. Otorgar una
constitución era asunto secundario: Lo principal era preparar el camino para
ello, ¡y esto es lo que creo haber hecho!"
Otra vez
más en las propias manifestaciones de Rosas hechas a Ernesto Quesada
encontramos las definiciones de su propia política.
El concepto de autócrata puede tener
para ciertos lectores un tono peyorativo, seguramente en pleno siglo XXI esto
pueda ir contra el sentido común de lo que entendemos como como
gobierno o democracia. De hecho es casi lo contrario. Pero en realidad es una
forma de gobierno que se dio en ciertas situaciones históricas particulares, y en
realidad ocurrió en muchas ocasiones en la historia nacional e internacional.
Es el poder concentrado en una sola persona. Situación política, que fue una
constante en la historia de Europa, Napoleón Bonaparte es considerada un
autócrata, Napoleón III también. Regularmente los gobiernos autocráticos
aparecen como reacción a largos periodos de crisis internas, guerras civiles y
conflagraciones internacionales como lo fue la Francia post
revolucionaria. También en América hispana encontramos el mismo escenario
caótico en las colonias recién emancipadas, el propio Simón Bolivar fue acusado
de lo mismo.
En la época en que se vivía en ese entonces
en el Río de la Plata,
desorganizada, anómica y anárquica, con guerra civil permanente, matanzas,
odios furiosos irreconciliables; y ante el peligro de la disgregación, existía
una opinión generalizada partidaria del establecimiento de un gobierno fuerte
que impusiera el orden. Esa necesidad la resolvió Juan Manuel de Rosas, el
Restaurador de las Leyes.
Los
sucesivos gobiernos de Rosas, su legitimidad y poder
Así en su primer gobierno (1829-1832) la
legislatura le otorga a Rosas las Facultades Extraordinarias, como ocurría con
la mayoría de los gobiernos de la época, debido a la grave situación de guerra
interna a causa del asesinato de Dorrego. Recibe también el título de “Restaurador de las Leyes”.
Y luego del Pacto Federal es nombrado por las provincias Encargado de las
Relaciones Exteriores, es decir, jefe virtual de la Confederación.
Quiero destacar que las facultades
extraordinarias se la otorgan los diputados de la legislatura en solemne
reunión. Treinta y tres diputados, inclusive los opositores, votan a favor de
Juan Manuel de Rosas gobernador. Los diputados han procedido con entera
libertad y legalidad. Rosas, el elegido, no ha constituido esa legislatura que
ya existía en tiempo de Dorrego y que está compuesta por los ciudadanos más
prominentes. No obstante la historia mitrista le imputará, años
después, que Rosas usurpó el poder, por la fuerza...
Cabe preguntarse qué significación tiene el
título de “Restaurador de las Leyes”. Primeramente restaurar la
obediencia a las leyes que habían despreciado Lavalle y los decembristas con el
fusilamiento sin juicio previo de Manuel Dorrego, legítimo gobernador de la
provincia. Restaurar el orden. Restaurar
políticamente el sistema federal. Y también como oposición a la política
anticlerical de los unitarios y a las reformas religiosas implantadas por
Rivadavia se trata también del restablecimiento “de un orden moral
trascendente” de la religión, un
orden católico. Esto último es algo que también colisiona contra el
sentido común de nuestro presente republicano, que pregona entre otras cuestiones la
separación de la religión del Estado, pero lo que hizo Rosas era el sentido
popular de su época en materia religiosa ya que la obra de Rivadavia fue una toma de postura ideológica y elitista contra el sentir cristiano del pueblo por aquel entonces.
Concluido su mandato, Rosas no acepta su
reelección porque no le volvían a otorgar las facultades extraordinarias. En el
interregno gobierna Balcarce y Rosas realiza una "campaña al desierto", muy distinta a la que Roca implementará años después. Pero
nuevos conflictos, “la revolución de los restauradores”, que depone al
gobernador, y luego el asesinato del gobernador de Salta, Latorre, y
principalmente el asesinato de Facundo Quiroga en Barranca Yaco, lo conducen
nuevamente al gobierno de Buenos Aires. Pero esta vez, con la suma del poder
público otorgado por la legislatura.
En esta ocasión referida, Rosas solicita la realización de un plebiscito que exprese el apoyo del pueblo a tantos poderes, algo inédito en su tiempo, hecho que lo convierte en el gobernante más democráticamente legitimado de su época. Su segundo gobierno por lo tanto es también legal y legítimo. Sarmiento, uno de sus más acérrimos enemigos históricos dice de esta auténtica manifestación de voluntad popular: “No se tiene aún noticia de ciudadano alguno que no fuese a votar (Plebiscito del 26, 27 y 28 de marzo de 1835 en Buenos Aires por el cual la ciudadanía se pronunció en concederle la Suma del Poder Público a Roas). Debo decirlo en obsequio de la verdad histórica, nunca hubo un gobierno más popular y deseado ni más sostenido por la opinión...que el de Don Juan Manuel de Rosas” (Domingo F. Sarmiento. “Civilización y Barbarie. Vida de Juan Facundo Quiroga“. Santiago de Chile, 1845). Nada más que decir.
Paternalismo (o populismo) como gobierno a favor de los humildes
En lo que se refiere a la calificación de paternalista
del gobierno autócrata de Rosas este concepto puede también contener un sentido
despectivo si se lo entiende como que un gobernante paternalista es el que
asume que una parte de la población está en una etapa “infantil” y el Estado o el gobernante debe velar por ellos. Se cree que, al igual que en una familia con hijos
menores, estos segmentos sociales deben recibir un tratamiento
“paternalista”.
De
esta concepción errónea se deriva fácilmente en análisis históricos
positivistas y falaces que consideran que el régimen paternalista de Rosas era
la expresión de los resabios del viejo feudalismo español.
El concepto de lo paternal, de pater familiae, resulta inviable mirarlo desde el hoy, en especial si pasa por el prisma de la teoría crítica feminista, pero como ya dijimos esta conceptualización se enmarca en un contexto histórico en que, trágicamente, las mujeres prácticamente no tenían derechos.
Pero cuando me refiero a paternalismo (usando el concepto que historiadores usaron sobre Rosas) estoy
definiendo la obra democrática por el pueblo que Rosas realizó. Paternalista o populista, recurriendo a un término más cercano a nuestro tiempo. Era paternalista o populista por los
sectores más postergados y condenados de la sociedad a los que el Restaurador
integró a la sociedad. Rosas consideró siempre a los sectores más humildes de
la sociedad de su tiempo: El gaucho, el indio y el negro. Sería iluso pretender
que Rosas fuese un líder socialdemócrata en 1830 y que estableciera la jornada
de ocho horas y el descanso dominical o que tenga las formas republicanas de
hoy día. Sería inútil reclamarle a Rosas una política social universal que ningún Estado
del mundo por otra parte en esos momentos tenía. No se le puede pedir los modos republicanos de las democracias nórdicas europeas de hoy.
En esos tiempos, la democracia
en su sentido social consistía en mejorar individualmente, de manera
patriarcal, la situación de los pobres. En libertar a los esclavos, en suprimir
el tráfico de hombres, en atender a las personas humildes en sus necesidades,
en otorgarle a hombres de clases humildes cargos directivos en el Estado
disminuyendo las acentuadas diferencias de clases de la época y en hacer
intervenir al pueblo en política convirtiéndolo por primera vez en actor
principal.
Paternalista o populista por su permanente contacto con el pueblo, tratando a la gente de igual a igual,
con su espíritu criollo, su odio a la monarquía, la ridiculización de la
aristocracia y la oposición permanente hacia las clases que se creían
superiores e ilustradas. Paternalismo en el sentido de la más alta expresión de
lo popular ya que Rosas fue amado por su pueblo, adorado hasta el fanatismo.
Esto es lo que le permite pronunciar a Rosas, después de Caseros, al
representante inglés Mr. Gore cuando le solicita asilo: “Aquí no vendrán.
No es el pueblo el que me ha volteado…son los brasileros”.